Las personas tienen el derecho a defenderse y las sociedades tienen la obligación de defenderse. Solo a mentes retorcidas como las que surgen de la “escuela cínLas personas tienen el derecho a defenderse y las sociedades tienen la obligación de defenderse. Solo a mentes retorcidas como las que surgen de la “escuela cín

La legítima defensa de la persona y de la sociedad

2026/01/22 11:00

Las personas tienen el derecho a defenderse y las sociedades tienen la obligación de defenderse. Solo a mentes retorcidas como las que surgen de la “escuela cínica del derecho” se les puede ocurrir que comete un delito quien se defiende.

El cinismo es peor que la hipocresía. El hipócrita procura disimular su mala intención porque asume que es vergonzosa. El cínico se burla de los demás en la cara; miente sabiendo que no le van a creer, y prefiere que no le crean, porque en eso consiste, precisamente, su insulto a la sociedad. Es lo que hicieron hasta ahora los jueces y fiscales mal llamados “garantistas” y también mal llamados “abolicionistas”, porque cuando se trata de un policía que cumple con su deber o de un ciudadano que se defiende, se les acaba el abolicionismo y reclaman o aplican las máximas penas a aquellos que causaron daño a un delincuente.

No se trata de compasión por los malhechores. El delincuente es el instrumento que les permite disfrutar de su venganza contra una sociedad a la que odian. Hasta ahora, consiguen hacerlo ampliando o encogiendo las leyes penales, según convenga a sus negras intenciones. Sobre todo, utilizan ese concepto de dudosa consistencia que es el llamado exceso en la legítima defensa. En el mejor de los casos, era una categoría de la dogmática penal para otros tiempos, cuando nadie dudaba de la buena fe de un juez en la interpretación del Derecho.

Si un anciano es atacado por dos jóvenes desarmados pero robustos, ¿debe dejarse matar a golpes para no ser acusado de exceso en la legítima defensa o de homicidio simple, como ya ocurrió, o puede usar su arma para impedir un daño a su integridad física? Si una mujer está a punto de ser violada, ¿debe someterse al violador porque supuestamente no va a matarla, o está habilitada a utilizar un arma contra el depravado? Si un policía ve a alguien amenazando a otro o a él mismo con un cuchillo, ¿tendrá que esperar a que se acerque hasta que lo toque la punta de la hoja o podrá dispararle y terminar con el problema antes de que sea tarde?

Todas estas son preguntas sobre las que no deberían existir dudas; pero el cinismo en la interpretación del derecho se las arregló para generarlas.

Por eso, los proyectos oficiales que se diseñaron el año pasado prevén una ampliación del marco de la legítima defensa y el cumplimiento del deber. Responde a la filosofía que ha respaldado la actual administración, que no es más que la consagración del sentido común.

Ante todo, queda claro que la defensa no solo puede ser de la propia vida o de la vida de otros, sino que también puede existir legítima defensa para el resguardo de la integridad física o sexual.

Por otro lado, quedaría expresamente establecido que el juez debe tomar en consideración la edad, la contextura física o la experiencia en riña de quien se defiende, en comparación con el atacante. También debe considerarse el número de los agresores, como en el famoso caso de los rugbiers de Villa Gesell. Entonces, ya no se podrá imputar a alguien por exceso en la legítima defensa solo porque estaba armado y los agresores hayan ido desarmados. Lo que interesa es la capacidad de daño que los agresores tienen en relación con la víctima y el derecho del agredido a no soportar lesiones o ultrajes, aunque no se tratara de la muerte.

Por si acaso, quedaría establecido que, ante la duda, el juez debe inclinarse siempre en favor de quien se defiende o de quien está cumpliendo con su deber.

La legítima defensa asume, en un concepto armónico con la visión liberal de la nación, que cualquier Estado tiene fallas y que, aun con el aparato de seguridad más eficiente, es imposible que la autoridad esté presente siempre, en el momento exacto en el que una persona está a punto de ser atacada. Por eso, la legítima defensa, además de responder a una necesidad imperiosa, como es la preservación de la vida y de la integridad física y sexual, parte de una desconfianza a priori respecto de la capacidad del poder público para cumplir su cometido en el ciento por ciento de los casos.

Y, por cierto, cuando llega la policía, único rostro viviente y visible del Estado en la vía pública, debe darse a sus hombres todas las garantías para actuar en el brevísimo tiempo que las circunstancias exigen y no evaluarlos como si el agente del orden hubiera tenido el tiempo de reflexión de una partida de ajedrez jugada en el living de su casa.

Delincuentes habrá siempre. Las sociedades deben estar seguras de la posibilidad de defenderse de ellos.

Escritor y abogado

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