El calendario de feriados oficial confirma para marzo de 2026 una pausa en la rutina laboral. Los argentinos acceden a un fin de semana extralargo tras la disposición de un día no laborable con fines turísticos que se suma a una fecha de conmemoración nacional inamovible. Esta estructura busca favorecer el descanso y el movimiento turístico interno.
En el tercer mes del año se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia el 24 de marzo. Se trata de una jornada de reflexión sobre los hechos ocurridos en la última dictadura cívico-militar en nuestro país entre 1976 y 1983.
La fecha recuerda el 24 de marzo de 1976, cuando las Fuerzas Armadas derrocaron y tomaron el poder del gobierno constitucional de Isabel Perón, a través de un golpe de Estado. Jorge Rafael Videla, Emilio Massera y Orlando Agosti fueron los principales propulsores de este gobierno de facto, que condujo a una dictadura cívico-militar en la que hubo crímenes de lesa humanidad.
La ley 27.399, conocida como la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos, incluye esta jornada en el listado de asuetos nacionales. Este tiene carácter inamovible, motivo por el cual este año se celebra el 24 de marzo, aunque cae un martes.
El período de descanso comprende cuatro días consecutivos. El sábado 21 y domingo 22 de marzo se integran al lunes 23, jornada definida por el Gobierno como día no laborable con fines turísticos. El martes 24 de marzo completa el esquema por ser feriado nacional inamovible en conmemoración del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
La Ley de Contrato de Trabajo establece distinciones clave entre ambos en sus artículos 181 y 182. En los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical, lo cual garantiza el cobro doble de la jornada si el trabajador presta servicio.
En cambio, los días no laborables son optativos para el empleador. Si la empresa decide que el trabajador cumpla funciones en dicha fecha, el pago corresponde a un salario simple.
Al tratarse de un feriado nacional inamovible, la normativa vigente exige una remuneración diferencial. El trabajador que desempeña tareas el 24 de marzo cobra el doble de una jornada habitual. La ley especifica que, aun cuando el feriado coincida con un domingo, los trabajadores perciben el salario correspondiente a los mismos como una garantía de su derecho al descanso.
La decisión sobre si se trabaja o no el lunes 23 de marzo recae exclusivamente en el empleador. Al ser un día no laborable, la empresa elige si exige la prestación de servicios de sus empleados. Si el trabajador queda exento de cumplir tareas, recibe su remuneración habitual sin descuentos por el día de asueto. Si el empleador convoca al personal, el trabajador percibe su sueldo de manera normal, sin el recargo que aplica sobre los feriados nacionales. Este esquema de fines de semana extendidos figura como una herramienta frecuente para fomentar el turismo durante el año.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

