Todo lo que hay que saber sobre el aguinaldo y cómo se calculaTodo lo que hay que saber sobre el aguinaldo y cómo se calcula

Qué es el aguinaldo y cómo se calcula: todo lo que hay que saber

2025/12/12 16:20

Diciembre de 2025 marca la llegada de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Representa una suma adicional al salario mensual que muchos argentinos usan para afrontar los gastos de fin de año. Es por eso que es importante entender qué es y como se calcula.

¿Qué es el aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC)?

El SAC se cobra en junio y en diciembre cada año (Photo by Luis ROBAYO / AFP)

El aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC), es un concepto salarial que cada año se entrega en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre. Corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador en el semestre correspondiente. La Ley 23.041 establece esta modalidad de pago para la actividad privada, administración pública y empresas del Estado.

¿A quiénes les corresponde el pago del aguinaldo de diciembre de 2025 y quiénes quedan excluidos?

El aguinaldo está dirigido a los trabajadores en relación de dependencia. También alcanza a los jubilados y pensionados del sistema previsional.

Por el contrario, quedan excluidos de este beneficio los trabajadores independientes, los monotributistas y aquellos que se desempeñan en la economía informal.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Cómo calcular cuanto tengo que cobrar de aguinaldo

Para quienes trabajaron el semestre completo (es decir, de julio a diciembre), el aguinaldo se calcula tomando el 50 por ciento de la mayor remuneración mensual percibida en ese período.

Si un trabajador no completó los seis meses, el aguinaldo se liquida de manera proporcional a los meses trabajados. Debido a que cada cuota del aguinaldo toma como referencia el primer o segundo semestre, según el caso, es preciso saber la fecha de inicio de actividades para realizar el cálculo exacto.

Para este caso, la fórmula para este cálculo es: (salario del empleado / 12) * meses trabajados. Por ejemplo, si el salario máximo fue de $100.000 y se trabajó 6 meses, el aguinaldo sería (100.000 / 12) * 6 = $50.000.

¿Hasta cuándo se puede pagar el aguinaldo de diciembre?

La normativa ya mencionada indica que la segunda cuota del aguinaldo para los trabajadores en actividad se debe cobrar hasta el 18 de diciembre, que en este año coincide con un jueves. Sin embargo, la legislación prevé un margen extendido de hasta cuatro días hábiles adicionales para su liquidación, lo que significa que la fecha límite definitiva para su acreditación es el 24 de diciembre.

Los jubilados y pensionados cobran el medio aguinaldo junto a sus haberes previsionales

En el caso de los beneficiarios del sistema previsional, como jubilados y pensionados, perciben el medio aguinaldo en la misma fecha que su prestación principal mensual. La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) ya difundió un calendario de pagos para el último mes del año. Este esquema de cobro varía según el nivel de ingresos del beneficiario y la terminación de su DNI. Por ejemplo, las jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo se pagan en la segunda y tercera semana de diciembre, mientras que las que superan el haber mínimo se abonan en la tercera y cuarta semana.

A continuación el esquema de pagos del aguinaldo, según el tipo de jubilación o pensión:

Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo

  • DNI terminados en 0: 9 de diciembre
  • DNI terminados en 1: 10 de diciembre
  • DNI terminados en 2 y 3: 11 de diciembre
  • DNI terminados en 4 y 5: 12 de diciembre
  • DNI terminados en 6 y 7: 15 de diciembre
  • DNI terminados en 8 y 9: 16 de diciembre

Jubilaciones y pensiones que superen el haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 17 de diciembre
  • DNI terminados en 2 y 3: 18 de diciembre
  • DNI terminados en 4 y 5: 19 de diciembre
  • DNI terminados en 6 y 7: 22 de diciembre
  • DNI terminados en 8 y 9: 23 de diciembre

Pensiones No Contributivas

  • DNI terminados en 0 y 1: 9 de diciembre
  • DNI terminados en 2 y 3: 10 de diciembre
  • DNI terminados en 4 y 5: 11 de diciembre
  • DNI terminados en 6 y 7: 12 de diciembre
  • DNI terminados en 8 y 9: 12 de diciembre

Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

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