La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) ha emitido una circular memorándum que impone un plazo máximo acumulativo firme de nueve años para los directores independientes (IDs)La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) ha emitido una circular memorándum que impone un plazo máximo acumulativo firme de nueve años para los directores independientes (IDs)

La SEC impone un límite estricto de 9 años para directores independientes

La Comisión de bolsa y valores de EE.UU. (SEC) ha emitido una circular memorándum que impone un límite máximo acumulativo firme de nueve años para los directores independientes (ID) de empresas que cotizan en bolsa, efectivo a partir del 1 de febrero.

Según la Circular Memorándum No. 7, Serie de 2026, un ID es elegido por un período de un año y puede ejercer por un total de hasta nueve años en la misma empresa.

Los ID elegidos antes de la entrada en vigencia de la circular estarán sujetos al mismo límite de nueve años, contados desde el año calendario 2012, a menos que se disponga lo contrario.

Para el servicio continuo o consecutivo, el límite de nueve años terminará en la fecha de la asamblea anual de accionistas (ASM) o en otra fecha aprobada por la SEC.

En casos de servicio intermitente, la permanencia total no debe exceder los nueve años, finalizando el límite en el noveno año en la fecha de la ASM.

Si un ID asume un rol no independiente antes de alcanzar el límite de nueve años, debe observar un período de enfriamiento de dos años antes de ser elegible para la reelección como ID.

Una vez alcanzado el límite de nueve años, el director quedará permanentemente descalificado para la reelección como director independiente en la misma empresa, pero puede ejercer en otras capacidades sin restricción.

Bajo el sistema actual, los directores independientes son formalmente reelegidos en cada asamblea anual de accionistas, pero su servicio acumulativo está sujeto a un límite de nueve años, aunque a algunos se les ha permitido exceder este límite mediante exención.

La nueva circular elimina esta flexibilidad y adopta una aplicación más estricta y definitiva del límite del mandato.

Las empresas que excedan el límite máximo acumulativo de mandato para un ID pueden enfrentar una sanción base de 1 millón de pesos por violación, más 30,000 pesos por cada mes que el director permanezca en el cargo más allá del plazo permitido, además de otras sanciones bajo las leyes existentes.–Alexandria Grace C. Magno

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