La Fiscal General Darlene Marie Berberabe informa al Tribunal que el caso fue presentado después de que ya hubiera transcurrido el período de prescripción por difamaciónLa Fiscal General Darlene Marie Berberabe informa al Tribunal que el caso fue presentado después de que ya hubiera transcurrido el período de prescripción por difamación

El Fiscal General solicita a la Corte Suprema absolver a Maria Ressa y Reynaldo Santos en caso de difamación cibernética

2026/03/10 13:56
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MANILA, Filipinas – Citando su rol como "el Tribuno del Pueblo", la Oficina del Procurador General (OSG) presentó una manifestación ante la Corte Suprema (SC) recomendando que los jueces absuelvan a la galardonada con el Premio Nobel de la Paz y CEO de Rappler, Maria Ressa, y al ex investigador de Rappler, Reynaldo Santos Jr., de su caso de difamación cibernética de la época de Duterte.

"… en el fiel cumplimiento de sus deberes como funcionaria del tribunal y como Tribuno del Pueblo, la Procuradora General recomienda respetuosamente la absolución de los apelantes sobre la base de la prescripción", dijo la Procuradora General Darlene Berberabe en una manifestación fechada el 6 de marzo y publicada el martes 10 de marzo.

El Tribunal Regional de Primera Instancia (RTC) de Manila, Sala 46, condenó a Ressa y Santos por difamación cibernética en junio de 2020 — bajo la administración del entonces presidente Rodrigo Duterte — por una denuncia de difamación cibernética presentada por el empresario Wilfredo Keng.

El Tribunal de Apelaciones negó la apelación de Ressa y Santos en 2022, lo que los llevó a presentar el caso ante la SC.

Al recomendar la absolución, la OSG dijo que Keng demandó a Ressa y Santos después de que el período de prescripción para la presentación de casos de difamación ya había expirado. Es uno de los argumentos clave también de Ressa y Santos.

El caso Causing

La OSG citó la decisión de la Corte en Berteni Causing v. People, publicada en octubre de 2023, que aclaró el período de prescripción para casos de difamación cibernética. El período de prescripción, que varía de caso en caso, es el marco temporal en el que se puede presentar una demanda. Una acción legal presentada más allá del período de prescripción es inválida.

Según el caso Causing decidido por la Tercera División de la SC, el período de prescripción para la difamación cibernética es de solo un año, y no 12 años. Agregó que la prescripción de la difamación cibernética debe basarse en el Código Penal Revisado (RPC), que establece la prescripción en un año, y no en la Ley de la República No. 3326 que establece la prescripción en 12 años.

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EXPLICACIÓN: Aclaraciones de la Corte Suprema sobre la difamación cibernética

La OSG dijo que en el caso Causing, la SC aclaró que la Sección 4(c)(4) de la Ley de la República No. 10175 o la Ley de Prevención de Delitos Cibernéticos no creó un delito de difamación completamente nuevo a efectos de prescripción, sino que simplemente implementa las disposiciones de difamación del RPC que son los artículos 353 y 355.

Tomando excepción

La OSG dijo que "no puede eludir su deber de presentar ante la Corte una posición que, en su juicio considerado, sirva mejor al Gobierno y al Pueblo, consistente con su responsabilidad de compartir la tarea de impartir justicia".

Argumentó que el procurador general "siempre debe defender la ley, incluso cuando hacerlo requiere que se aparte de, o tome excepción a, la posición previamente avanzada por la fiscalía del juicio en el caso".

La OSG agregó que el caso Causing, en efecto, rescindió el caso Tolentino v People, que establece que el período de prescripción de la difamación cibernética es de 15 años.

Cuando un tribunal de Manila condenó a Ressa y Santos por difamación cibernética, la entonces jueza presidenta Rainelda Estacio-Montesa invocó Tolentino v. People.

La OSG dijo que el caso Causing "aclaró que la prescripción se rige por el párrafo 4, no el párrafo 2, del Artículo 90 del Código Penal Revisado, de modo que la difamación cibernética prescribe en un año. Además, la Corte sostuvo que el período de prescripción se cuenta desde la fecha en que el delito es descubierto por la parte ofendida, las autoridades o sus agentes; y que la publicación se vuelve material solo cuando coincidió con dicho descubrimiento".

"Tras una reconsideración reflexiva de la demanda de equilibrar la protección de la reputación, la privacidad y la dignidad con los derechos y libertades garantizados constitucionalmente, la OSG ahora acepta el juicio de la Corte en Causing y su aplicación consecuente al caso presente", agregó.

La OSG dijo que su recomendación "no diluye el interés legítimo del Estado en castigar la difamación cibernética" sino que "simplemente da efecto a la limitación temporal fijada por la ley".

La "única disposición legal es la absolución".

Cronología

Keng presentó una denuncia de difamación cibernética ante la Oficina Nacional de Investigación contra Ressa y Santos en 2018 en el punto álgido de los ataques del gobierno de Duterte contra Rappler y organizaciones de noticias independientes — o seis años después de que la historia sobre él saliera en Rappler.

La denuncia de Keng decía que descubrió la historia de 2012, que lo vinculaba con presuntos crímenes, en 2016. El departamento de justicia bajo Jose Calida presentó el caso ante un tribunal de Manila en febrero de 2019.

La OSG dijo que dado que Keng descubrió el artículo en 2016, el período de prescripción ya había expirado en 2017 — y la presentación de la denuncia, la investigación del NBI y la presentación del caso ante el tribunal se realizaron después de la expiración de la prescripción.

"Al aceptar el delicado equilibrio de derechos e intereses de Causing, la OSG comparte así el enfoque mesurado de la Honorable Corte en Disini y casos relacionados: si bien el Estado puede castigar la difamación para proteger derechos garantizados, su aplicación debe realizarse con moderación para no abarcar, o inhibir, la expresión constitucionalmente protegida y no difamatoria", explicó la OSG.

"Relacionado, y sin ampliar los temas, la OSG señala que las presentaciones amicus del Relator Especial de la ONU sobre libertad de opinión y expresión, Irene Khan, y el IBAHRI subrayan de manera similar el mismo valor cuando abogan por principios limitantes claros y predecibles en los procesamientos de difamación cibernética, especialmente cuando el discurso implica asuntos de interés público, para que la expresión legítima no sea indebidamente inhibida", agregó. – Rappler.com

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